martes, 17 de marzo de 2015

NOTICIA




Vuelco en la salud ocupacional”, MinTrabajo 
Autor: Olga Patricia Rendón Marulanda 
12 de Agosto de 2014


El objetivo de la salud ocupacional es la promoción y mantenimiento del más alto grado posible de bienestar físico, mental y social de los trabajadores de todas las profesiones. 


economia@elmundo.com 
Twitter: @olgarendonm


Tres decretos promovió el Ministerio de Trabajo (MinTrabajo) para mejorar el sistema de salud ocupacional del país, el impedimento de la selección adversa de riesgos por parte de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL),  la implementación del “Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo”, y la nueva tabla de enfermedades laborales.

Selección adversa de riesgos

Mediante el Decreto 1442 de 2014, el MinTrabajo estableció que para garantizar a los trabajadores afiliados a riesgos laborales el acceso a los servicios, sin importar la clase de riesgo o actividad económica que desarrollen, las ARL no pueden negar las afiliaciones de empleadores, trabajadores e independientes.

El jefe de la cartera Laboral (e), José Noé Ríos, explicó que “la firma de este decreto permite ampliar progresivamente la cobertura del Sistema General de Riesgos Laborales, que actualmente es de 8,8 millones afiliados, y estimula el aseguramiento de todo tipo de empresas y actividades económicas, incluyendo las de alto riesgo como por ejemplo transporte, construcción y minería”.

Además, agregó que la medida “garantiza el equilibrio financiero en los costos derivados de las prestaciones económicas y asistenciales, así como el acceso a los servicios para todos los trabajadores afiliados al Sistema de Riesgos Laborales”. Es por esto que las ARL cuentan con cuatro meses para negociar con el MinTrabajo y con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público el mecanismo de compensación.

En ese sentido, la directora de Riesgos Laborales del Ministerio de Trabajo, Andrea Torres, anotó que “el incumplimiento de la medida ocasionará multas de hasta 1.000 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (Smlmv) como lo señala el Artículo 91 del Decreto Ley 1295 de 1994”.

Nuevo sistema de gestión


El nuevo Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo  debe ser implementado por todas las empresas del país, por quienes contratan personal por prestación de servicios, sean civiles, comerciales o administrativos, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, así como  las empresas de servicios temporales, según lo estableció el Decreto 1443 de 2014.

Al respecto, Andrea Torres, dijo que “con la medida todos los empleadores deberán realizar una evaluación y análisis de las estadísticas sobre enfermedades y accidentalidad ocurrida en los dos últimos años en la empresa con el fin de iniciar el proceso de evaluación y la mejora continua del sistema”.

Habrá un periodo de transición para las empresas para que sustituyan el programa de Salud Ocupacional por el nuevo Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, cuyos plazos son de 18 meses para las empresas de menos de diez  trabajadores, 24 meses para las organizaciones con diez y hasta 200 empleados y 30 meses para las compañías con 201 o más trabajadores.

Enfermedades laborales


Mediante el Decreto 1477 de 2014, el Gobierno Nacional, a través del MinTrabajo y el Ministerio de Salud y Protección Social, adoptó la nueva tabla de enfermedades laborales con la que se pretende facilitar la prevención de enfermedades en las actividades laborales y determinar el diagnóstico médico en los trabajadores afectados.

Por ejemplo, la neumoconiosis del minero del carbón, el mesotelioma maligno por exposición al asbesto, la silicosis y la asbestosis serán acogidas directamente por el Sistema de Riesgos Laborales.

Cada minuto hay un accidente laboral

Según la Federación Colombiana de Aseguradoras (Fasecolda), entre enero y mayo de este año ocurrió un accidente laboral por minuto en Colombia, y de estos accidentes murieron 532 personas. Los sectores de la economía en los cuales se registran con  mayor frecuencia esos desenlaces fatales son la construcción, el inmobiliario y el de transporte que alcanzan el 64 %, seguidos de minas y canteras con 11 %, manufactura con 7 %, comercio con 6 %, agricultura con 5 % y otros con 7 %. Por departamentos, en muertes, el primer lugar lo tiene Antioquia con 113, le siguen Bogotá con 107 y el Valle del Cauca con 43.

En 2013 para atender las consecuencias de los 609.981 incidentes, las aseguradoras de riesgos laborales liquidaron $1 billón.



NOTICIA LABORANDO.JIMDO.COM


ACTUALIDAD LEGAL

Modificada Resolución 1409 de 2013

El pasado 12 de Agosto de 2014, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 3368 de 2014 "Por la cual se modifica parcialmente la resolución 1409 de 2012 y se dictan otras disposiciones".  Los aspectos relevantes de la citada Resolución son los siguientes:
 
  • Amplía el perfil del Entrenador de Trabajo Seguro en Alturas, exigiéndole entre otros requerimientos: conocimientos específicos en SG-SST de acuerdo con la organización establecida en la empresa (Políticas, Normas, Reglamentos, Programas y plan de Actividades), ademas de Conocimientos en Gestión
  • Define el Perfil del Coordinador de Trabajo en Alturas , el cual tiene autorización del empleador "para aplicar medidas correctivas inmediatas" para controlar los riesgos asociados a los trabajos en alturas
  • Señala que la función de Coordinador de Trabajo en Altura puede ser llevada a cabo por el Coordinador o Ejecutor del SG-SST o cualquier otro trabajador designado por el empleador.
  • Las entidades acreditadas por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC) como organismos certificadores de personas podrán certificar a los entrenadores y coordinadores de trabajos en alturas.
Descarga
Resolución 3368 de 2014
Colaboración de Iván Barceló Nieto
Profesional en Seguridad y Salud en el Trabajo
Entrenador de Trabajos Seguros en Alturas
Resolucion 3368 de agosto 2014.pdf.pdf
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Seguridad industrial, salud ocupacional e higiene



https://www.youtube.com/watch?v=ixaaJ6pKjo4

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